Es la instancia responsable de establecer mecanismos de coordinación entre los integrantes del Sistema Estatal y tendrá bajo su encargo el diseño, promoción y evaluación de políticas públicas de combate a la corrupción, así como impulsar en el Estado la implementación de la política emitida por el Sistema Nacional.
Las políticas públicas que establezca el Comité Coordinador deberán ser implementadas por todos los Entes Públicos.
La Presidencia del Comité Coordinador la ostentará el presidente del Comité de Participación Ciudadana, quien durará un año en el encargo, el cual será rotativo entre sus miembros.
Lo anterior con fundamento en los artículos 9 y 12 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Zacatecas.
Coadyuva al cumplimiento de los objetivos del Comité Coordinador
Ser la instancia de vinculación con las organizaciones de la sociedad civil y académicas relacionadas con las materias del Sistema Estatal Anticorrupción.
Está integrado por cinco ciudadanos de probidad y prestigio que hayan destacado por su contribución a la transparencia, rendición de cuentas o combate a la corrupción.
La representación del CPC es rotativa entre sus integrantes por periodos de un año.
Organismo público descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión.
Tiene por objeto fungir como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador, a efecto de proveerle la asistencia técnica, así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones conforme a lo dispuesto en la
Su órgano de gobierno está conformado por los miembros del Comité Coordinador y el Presidente del CPC.