Articulo 39 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas
Lista de Obligaciones Generales Comunes
Articulo 39 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas
Lista de Obligaciones Generales Comunes
El directorio de todos los Servidores Públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales.
Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad, Así mismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos.
Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos.
Articulo 40 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas
Lista de Obligaciones Generales Comunes
Los sujetos obligados deberán informar al instituto y verificar que se publiquen en la Plataforma Nacional, cuáles son los rubros que son aplicables a sus paginas de Internet, con el objeto de que éstos verifiquen y aprueben, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.